Crowdfunding en México: los cambios por la ley fintech

Les guste o no, los emprendedores en Fintech deberán atenerse a la nueva legislación.

Desde hace varios años, México y Brasil se disputan la supremacía de las fintech en la región. Ambos países tienen un ecosistema dinámico con más de 400 startups, buscando crear alternativas a las instituciones financieras que existen en la actualidad. Crowdfunding, Crowdlending, o brokers en línea son algunas de las alternativas actuales. Sin embargo, el ecosistema Fintech de México tiene una diferencia sustancial: este ya cuenta con un marco regulatorio.

Para algunos, la ley Fintech en México es una señal positiva para el sector. Indica que el ecosistema es maduro, con modelos de negocios tanto probados como regulados. Para otros, es un escollo que entorpece la innovación.

Les guste o no, los emprendedores en Fintech deberán atenerse a la nueva legislación. Para las Instituciones de Financiamiento Colectivo (IFC) que existen desde antes de la promulgación de la ley, este plazo vencerá el 25 de septiembre de 2019.

Las IFC tienen un tiempo en México, aunque con el anglicismo “crowdfunding”, En estas plataformas, los usuarios pueden apoyar los proyectos de otras personas y recibir algún beneficio a cambio: el prototipo de un producto, intereses o participación de una empresa.

El fundador y CEO de Prestadero, Gerardo Obregón Salorio, comentó para Entrepreneur algunos de los cambios más notables en las plataformas.

No pongas todos tus huevos en la misma canasta

En la actualidad, las plataformas permiten que sean los propios usuario que determinen cómo administrar sus fondo. Sin embargo, en la actualidad solo podrán invertir el 7.5% del dinero que ya tienen invertido en un proyecto.

Si bien esto parece una limitante, el objetivo es que el inversionista reduzca el riesgo de perder su dinero con la diversificación de proyectos.

Las IFC tendrán que saber más de ti

Para prevenir el lavado de dinero, las instituciones financieras tendrán que pedirte más información. Entre los datos requeridos estarán nombre, dirección, RFC, CURP, teléfono, correo electrónico, beneficiarios (también con dirección completa), origen de los recursos, perfil transaccional, si eres una persona políticamente expuesta, si eres el beneficiario final, documento de identidad (como INE o pasaporte), comprobante de domicilio, entre otros datos.

Obregón señala que estos cambios afectarán principalmente a los inversionistas, pues esta información detallada ya se les solicita a los solicitantes de crédito.

Nada de dinero en efectivo

Las plataformas no podrán recibir dinero en efectivo para el pago de los créditos. Aunque algunas fintech nunca han permitido a los inversionistas usar efectivo, ahora tampoco los solicitantes de crédito podrán pagar en efectivo. Para aceptar, tendrán que solicitar una excepción para recibir el dinero y solo podrán recibir 3,000 UDIs mensuales, que equivalen a 900 dólares, aproximadamente.

Sólo puedes transferir fondos de cuentas bancarias a tu nombre

Si acostumbrabas a depositar fondos en efectivo, o realizar transferencias electrónicas de una cuenta que no está a tu nombre para invertir en una plataforma de crowdfunding, ahora no podrás hacerlo. Deberás siempre abonar fondos a la plataforma desde una cuenta bancaria a tu nombre.

Deberás aprobar nuevos contratos

La Ley establece que los contratos que se firman en línea entre las plataformas y sus usuarios tengan ciertos requisitos (en general pensados en la protección de los usuarios de estas). Así que las plataformas deberemos modificar dichos contratos y solicitar la aprobación de los usuarios para que puedan seguir operando en las plataformas.

También se tendrá que aprobar una “Constancia de Riesgos” por cada inversionista, donde explícitamente tengan que aprobar los riesgos de invertir en plataformas de crowdfunding: como pueden ser: pérdida de dinero, falta de liquidez, entre otros. En caso de no estar de acuerdo con los riesgos, los usuarios no podrán operar en dicha plataforma.

Modificación a procesos de log-in, fondeo, entre otros

Las plataformas tendrán que cumplir algunos requisitos para mejorar la seguridad en el acceso de las cuentas. Algunos básicos son: solicitar usuario y contraseña en 2 pasos o más, bloquear cuentas en caso de intentos fallidos de acceso, evitar tener más de una sesión a la vez, entre otros. Obregón considera que estos cambios impactarán levemente a los usuarios, pues la carga para controlar y modificar estos procesos recaerá en las plataformas.

Retiros de fondos sólo a cuentas propias

Sólo podrás retirar fondos de la plataforma a cuentas bancarias que estén a tu nombre.

Seguimiento a los proyectos

Las plataformas están obligadas a dar seguimiento a los proyectos de los inversionistas. La gran mayoría de las plataformas ya reportaban este seguimiento y desempeño.

Alineación de Incentivos

Las plataformas deberán presentar un Esquema de Alineación de Incentivos con los inversionistas, de tal forma que compartan el riesgo o tengamos “skin in the game”. Este esquema podrá variar por cada plataforma, pero algunos ejemplos podrán ser cobrar comisión de acuerdo al desempeño exitoso de los proyectos, o participar activamente como fondeadores de los mismos en cierta proporción.

Montos máximos de crédito

Las plataformas tendrán límites de montos por proyecto. Estos límites dependerán del tipo de plataforma (por ejemplo: deuda, capital, bienes raíces), pero el máximo para deuda será de 50,000 UDIs (aprox. 15,000 dólares).

Transparencia

Una vez autorizadas, las plataformas deben publicar en su página web información clara sobre:

  • Cómo calificamos a nuestros solicitantes
  • Detalles de comisiones cobradas
  • Datos de contacto para aclaraciones (UNE)
  • Estados financieros consolidados (y auditados anualmente)
  • Estatus de la cartera de créditos (incluyendo el desempeño y estadísticas de procesos judiciales)

También deberemos someter nuestros contratos como de Adhesión ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) (por lo tanto, cumplir con los criterios de transparencia contractual que dicho organismo emite), y publicar información a los usuarios de tal forma de que estén enterados sobre sus créditos y sus inversiones (además de la transparencia que ya publicábamos en nuestro portal, deberemos generar y dar acceso a Estados de Cuenta, por ejemplo).

¿Qué pasa si la plataforma no es autorizada?

Si las plataformas en operación no solicitan autorización a tiempo, o una vez ingresada su solicitud de autorización ésta es denegada, entonces las plataformas deberán de dejar de operar. Esto significa que no podrán autorizar nuevos créditos o recibir nuevas inversiones, y deberán así notificarlo a sus clientes. Sólo podrán realizar operaciones tendientes a concluir las operaciones ya realizadas.

Sin embargo, el grueso de los cambios se producirá de manera interna en cada plataforma, donde las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) deberán de, entre otras cosas, contar con: manual de control de riesgos, política de conflicto de interés, manual de prevención de lavado de dinero, sistema automatizado de detección de operaciones, política de divulgación de riesgos, y política de separación de cuentas.

Además de un manual de control interno, plan de continuidad de negocio, manual de seguridad de la información, manual de operación, modelo de negocio, comprobar infraestructura tecnológica suficiente y segura, y contar con oficial de cumplimiento, entre otros requisitos más.

La autorización de las plataformas no sería inmediata, ya que la Ley establece 90 días, o hasta 180 días en caso de requerir retroalimentación de otras instituciones gubernamentales (como Banxico o SHCP). Y si existe alguna prevención, el plazo reinicia.

Desde hace ya varios meses, las plataformas están preparándose para cubrir con los requisitos de Ley, proceso que conlleva muchos cambios sobre todo al interior de la organización.