¿Qué es el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil?

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) es una base de datos con información sensible de los usuarios de telefonía móvil.

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) es una base de datos con información de las personas físicas o morales titulares de cada línea telefónica móvil que cuenten con número registrado en México, de acuerdo a la definición del padrón establecida en el artículo 180 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

La creación de este padrón entra en vigor con la publicación de las reformas a la Ley de Telecomunicaciones en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de México el 16 de abril de 2021. Sin embargo, el registro no ha dejado de ser criticado por legisladores de oposición como por organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del país.

El objetivo del padrón es ayudar a las autoridades mexicanas en la persecución de delitos. Sin embargo, sus críticos aseveran que en los más de 150 países donde estos registros se realizan, no se ha observado una reducción en la incidencia de delitos.

¿Qué datos se pedirán a los usuarios de telefonía Móvil?

De acuerdo con lo publicado en el artículo 180 Ter de la ley antes mencionada, el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil contendrá las siguiente información en cada línea móvil: 

I.          Número de línea telefónica móvil;

II.       Fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM;

III.      Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario;

IV.      Nacionalidad;

V.       Número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población del titular de la línea;

VI.      Datos Biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto;

VII.     Domicilio del usuario;

VIII.    Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados;

IX.      Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago, y

X.       Los avisos que actualicen la información a que se refiere este artículo.

Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil levanta preocupaciones en organizaciones civiles

En el mundo, 150 países cuentan con un padrón de usuarios similar al aprobado en México. Sin embargo, solo otros 17 países exigen el registro de datos biométricos como lo hace la reforma a la Ley de Telecomunicaciones en el país.

La exigencia de datos biométricos levanta preocupaciones en organismos públicos y privados del país. Para el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), el padrón representa un riesgo en la protección de datos personales al poder ser manipulado por varios operadores móviles. El organismo gubernamental autónomo señaló que los datos biométricos, al relacionarse directamente con la identidad de una persona, constituyen características insustituibles. Por ello, el INAI hizo hincapié en la necesidad de implementar altos estándares de seguridad para dicho padrón y limitar lo más posible la recolección de los mismos.

La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) expresó una preocupación similar en la recolección de datos biométricos, yendo más allá que el INAI al señalar que la exigencia vulnera los derechos humanos y civiles, como son la presunción de inocencia, la libertad de expresión, la privacidad e incluso, a la vida de las personas.

De acuerdo a este organismo no gubernamental, los otros 17 países que exigen datos biométricos son gobiernos autoritarios como China, Arabia Saudita, Afganistán, Venezuela, Emiratos Árabes Unidos, Tayikistán, entre otros. R3D destacó que en esta lista, no está ningún país plenamente libre y democrático.

¿Se repiten los errores del RENAUT?

Las preocupaciones por la privacidad de los datos están fundamentadas si consideramos las experiencias anteriores en México en la implementación de medidas similares. En 2008, durante el sexenio de Felipe Calderón, se creó el Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (RENAUT) que finalmente fue desmantelado tan solo dos años después por ineficiente y convertirse en un riesgo para los usuarios. En múltiples ocasiones se reportó que la base de datos había sido vulnerada y vendida por Internet.

En la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, se han establecido onerosas multas en el caso de la filtración de datos, lo que no reduce las preocupaciones. Uno de los principales problemas mencionados es que serán las operadoras las encargadas de manejar el registro, lo que potencialmente aumenta las posibilidades de vulneración de datos si no se siguen las medidas de seguridad necesarias.

Las experiencias previas hacen válidas las preocupaciones sobre los riesgos que implican para los usuarios un padrón de este tipo. Seremos testigos en los próximos meses si se logran avances tangibles o si es otra estrategia fallida contra la delincuencia.

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